¿Qué dice el artículo 851 del Código Civil?

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El artículo 851 del Código Civil establece que la desheredación sin causa justificada, o con una causa cuestionable e improvable, anula la designación de heredero, pero no los legados ni mejoras.
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La Precariedad de la Desheredación: Un Análisis del Artículo 851 del Código Civil

El artículo 851 del Código Civil español regula una cuestión delicada y compleja dentro del derecho sucesorio: la desheredación. Este precepto, a simple vista conciso, encierra una intrincada problemática jurídica que exige un análisis cuidadoso para comprender su alcance y consecuencias. El artículo establece que “la desheredación hecha sin justa causa, o con causa que resulte dudosa o improvable, anula la designación del heredero, pero no los legados ni las mejoras”. Esta afirmación, aparentemente simple, genera una serie de interrogantes que requieren una profundización.

La clave del artículo reside en la exigencia de una “justa causa” para la desheredación. No se trata de una causa cualquiera, sino de una razón legítima y suficientemente probada que justifique la exclusión del heredero de la sucesión. La jurisprudencia ha abundado en la interpretación de esta “justa causa”, delimitando su alcance y estableciendo criterios para su valoración. No basta con una mera discrepancia o enemistad; se exige la demostración de una conducta grave y reprochable del desheredado que afecte directamente al testador o a su familia. Ejemplos podrían ser la violencia física o psíquica, el abandono familiar en situación de necesidad, o actos de grave ingratitud demostrable.

La ambigüedad surge cuando la causa alegada es “dudosa o improvable”. Aquí, el juez juega un papel fundamental en la ponderación de las pruebas presentadas por las partes. Se requiere una valoración exhaustiva de la evidencia, teniendo en cuenta las circunstancias del caso y la credibilidad de los testimonios. La duda, en este contexto, no implica la simple incertidumbre, sino una falta de convicción suficiente para considerar probada la causa alegada por el testador. La improbabilidad, por su parte, indica que la causa resulta poco creíble o contradictoria con otras pruebas aportadas.

La consecuencia más relevante de una desheredación inválida es la nulidad de la designación del heredero. Esto significa que el desheredado recuperará su derecho a la herencia, participando en la sucesión según las reglas generales de la misma. Sin embargo, y este es un punto crucial, el artículo 851 establece una excepción: la nulidad no afecta a los legados ni a las mejoras. Esto quiere decir que, aunque la desheredación sea anulada, los legados (donaciones particulares realizadas en testamento) y las mejoras (mejoras patrimoniales en favor de un heredero) otorgados a otros herederos permanecen intactos.

En conclusión, el artículo 851 del Código Civil es una pieza fundamental del derecho sucesorio español, regulando un aspecto complejo y lleno de matices. Su correcta interpretación requiere una cuidadosa valoración de las circunstancias concretas de cada caso, priorizando la búsqueda de la justicia y la debida ponderación de las pruebas presentadas para determinar la existencia de una justa causa para la desheredación. La diferenciación entre la nulidad de la desheredación y la validez de los legados y mejoras aporta una complejidad adicional que debe ser tenida en cuenta por cualquier persona involucrada en un proceso sucesorio.