¿Qué pasa si aporto de más a un plan de pensiones?

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Si superaste el límite de aportaciones a tu plan de pensiones el año anterior, debes retirar el excedente antes del 30 de junio. Esta devolución se efectuará disminuyendo tus derechos consolidados en el plan. Ignorar este plazo podría acarrear penalizaciones fiscales.

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¿Qué ocurre si aporto de más a un plan de pensiones?

Los planes de pensiones son un instrumento de ahorro a largo plazo que permite reducir la base imponible del IRPF y obtener una deducción fiscal. Sin embargo, existen límites máximos anuales de aportación a estos planes.

En caso de superar el límite de aportaciones permitido, el exceso deberá ser retirado del plan antes del 30 de junio del año siguiente. Esta devolución se realizará disminuyendo los derechos consolidados en el plan, es decir, reduciendo el importe acumulado hasta la fecha.

Si no se retira el exceso antes de la fecha límite, Hacienda lo considerará como una disposición indebida de fondos y aplicará las siguientes penalizaciones:

  • Pago de intereses de demora: El interés de demora aplicable será el vigente en el momento de la disposición, más un punto porcentual adicional. Estos intereses se calculan desde el momento en que se realizó la aportación indebida hasta la fecha en que se regularice la situación.
  • Tributación como rendimiento del trabajo: El importe del exceso aportado tributará como rendimiento del trabajo en la declaración de la renta, lo que implica pagar el IRPF correspondiente. Además, se perderá la deducción fiscal aplicada en el momento de la aportación.

Para evitar estas penalizaciones, es importante conocer los límites de aportación a los planes de pensiones y controlar las aportaciones realizadas a lo largo del año. Si se prevé superar el límite, se debe reducir el importe de las aportaciones o elegir un plan de pensiones con menor límite de aportación.

En caso de haber aportado de más, es recomendable ponerse en contacto con la entidad gestora del plan de pensiones para regularizar la situación antes del 30 de junio. La entidad procederá a calcular el importe del exceso aportado y a realizar los trámites necesarios para su devolución.