¿Quién tiene que hacer la declaración de la renta de un fallecido?

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La declaración de la renta de un fallecido la presentan sus herederos si el difunto generó ingresos que superan los umbrales mínimos para la obligación de declarar, gestionando así el cierre fiscal de su patrimonio.
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Responsabilidad en la Declaración de la Renta de un Fallecido

Tras el fallecimiento de una persona, sus herederos asumen la responsabilidad de gestionar su cierre fiscal. Esto incluye la presentación de su declaración de la renta, si corresponde.

Obligación de Declarar

La obligación de presentar la declaración de la renta de un fallecido surge cuando el difunto generó ingresos que superan los siguientes umbrales mínimos establecidos por la Agencia Tributaria:

  • Rentas del trabajo: 22.000 euros anuales
  • Rentas del capital mobiliario e inmobiliario: 1.600 euros anuales
  • Rentas de actividades económicas: 12.000 euros anuales

Herederos Responsables

Los herederos son los encargados de presentar la declaración de la renta del fallecido en los siguientes casos:

  • Cuando el difunto no haya presentado la declaración antes de fallecer.
  • Cuando la declaración presentada por el difunto sea incorrecta o incompleta.
  • Cuando existan ingresos o ganancias no declarados por el difunto.

Solicitud del NIF del Fallecido

Para poder presentar la declaración de la renta del fallecido, los herederos deberán solicitar su Número de Identificación Fiscal (NIF) a la Agencia Tributaria. Este trámite puede realizarse presencialmente en una oficina de la Agencia o a través de Internet.

Plazo de Presentación

El plazo de presentación de la declaración de la renta de un fallecido es el mismo que el establecido para las declaraciones de los contribuyentes vivos, es decir, del 1 de abril al 30 de junio del año siguiente al de fallecimiento.

Datos Necesarios

Para presentar la declaración de la renta de un fallecido, los herederos necesitarán los siguientes datos:

  • NIF del fallecido
  • NIF de los herederos
  • Certificado de defunción
  • Documentos justificativos de los ingresos y gastos generados por el fallecido

Gestión del Cierre Fiscal

La presentación de la declaración de la renta de un fallecido es un paso esencial para cerrar fiscalmente su patrimonio. Permite a los herederos liquidar los impuestos adeudados y regularizar la situación fiscal del difunto.

Además, la declaración de la renta puede servir para solicitar la devolución de ingresos indebidos o el reconocimiento de deducciones y bonificaciones a las que el fallecido tenía derecho.